DECRETO 785 DE MARZO 17 DE 2006
“Por el cual se reglamenta el Comité Nacional de Recreación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.”
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 11 y el artículo 33 del Decreto - ley 1228 del 18 de julio de 1995, y
DECRETA:
Artículo 1.- Integración del Comité Nacional de Recreación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.
El Comité Nacional de Recreación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, estará integrado por cinco (5) miembros, de reconocida idoneidad en la recreación, así: