Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO 2845

(Noviembre 23 de 1984)

 

“Por el cual se dictan normas para el ordenamiento del deporte, la educación física y la recreación.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

 

DECRETA:

 

TÍTULO II

DEL DEPORTE EN GENERAL

CAPÍTULO I

DEL COMITÉ OLÍMPICO COLOMBIANO

ARTÍCULO 9.- La bandera, el símbolo y el lema olímpicos son propiedad exclusiva del Comité Olímpico Internacional.

La bandera, el emblema del Comité Olímpico Colombiano y las palabras juegos olímpicos y olimpiada, no podrán ser usados sin autorización.