ARTICULO 1° ORGANISMOS DEPORTIVOS: Los clubes deportivos, los clubes promotores, los clubes con deportistas profesionales, las asociaciones deportivas departamentales o del distrito capital y las ligas y federaciones deportivas a que se refiere este decreto, son organismos deportivos sujetos a la inspección, vigilancia y control del Estado, e integrantes del Sistema Nacional del Deporte. Sus planes y programas hacen parte del Plan Nacional del Deportes, la Recreación y la Educación Física en los términos de la Ley 181 de 1995.
PARAGRAFO.- Los niveles jerárquicos de los organismos deportivos del sector asociado son los siguientes:
NIVEL MUNICIPAL:
Clubes deportivos, Clubes promotores y Clubes profesionales;
NIVEL DEPARTAMENTAL:
Ligas deportivas departamentales, asociaciones deportivas departamentales; Ligas y Asociaciones del Distrito Capital.
NIVEL NACIONAL:
Comité Olímpico Colombiano y Federaciones Deportivas Nacionales